644 063 661 - 621 096 223
abogados@hepburnacosta.com

Conseguimos que indemnicen a nuestros clientes con cerca de 4.000 € por incidencias en sus vuelos

Hoy os traemos un nuevo caso de éxito para nuestro Despacho. En esta ocasión, en materia de reclamaciones aéreas, que pueden venir motivadas por retrasos o cancelaciones en los vuelos que originen un derecho de compensación económica.

Hechos

Nuestros clientes compraron a una compañía aérea sendos billetes de avión, partiendo desde Madrid con destino a Orlando. El viaje de ida tenía escala en Nueva York, mientras que el de vuelta, en Washington y Bruselas.

Los vuelos fueron operados por compañías distintas a la que vendió el viaje. No obstante, decidimos dirigir la demanda solo contra esta última, esto es, la transportista contractual. En otra publicación, analizaremos la legitimación pasiva en este tipo de procedimientos.

Sin embargo, a pesar de los horarios previstos en los billetes, el vuelo de ida llegó a Orlando con un retraso de más de 7 horas, alegando la compañía operadora del vuelo como motivo del retraso una avería en el transporte.

Durante el viaje de vuelta, la incidencia tuvo lugar una vez embarcados e iniciado el vuelo Bruselas-Madrid, cuando poco después de despegar, el avión tuvo que retornar al aeropuerto de Bruselas. Como consecuencia de lo anterior, le redirigieron horas más tarde a un nuevo vuelo destino a Madrid, aterrizando en ésta última ciudad 3 horas más tarde de lo previsto.

El motivo de esta cancelación precipitada, según indicó la compañía de manera somera, fue una avería tanto en una de las alas como en el tren de aterrizaje.

Además, nuestros clientes perdieron los billetes de tren que tenían comprados desde Madrid con destino a Sevilla, teniendo que comprar unos nuevos billetes, cuyo coste total ascendió a un total de 211,15 €.

Compensación económica por el retraso y la cancelación

El derecho a compensación por retrasos en los vuelos y cancelaciones se encuentra regulado en el art. 7 del Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.

Así, en base a la demás normativa y jurisprudencia aplicables al caso, y teniendo en cuenta que en el vuelo de ida, con un trayecto de más de 7.000 km según ruta ortodrómica, tal y como acreditamos con la documental adjunta, se produjo un retraso en la hora de llegada del vuelo de ida superior a 7 horas, solicitamos una indemnización de 1.800 € en concepto de compensación económica por el retraso (600 € por pasajero).

En cuanto a la cancelación del vuelo de vuelta, teniendo en consideración la distancia según ruta ortodrómica de 7,016.75 km, pedimos en la demanda una compensación económica de otros 1.800 € (600 € por pasajero).

Por último, habida cuenta de que nuestros patrocinados tuvieron que comprar unos nuevos billetes de tren, añadimos a la cuantía reclamada el importe de 211,50 €, y ello, aplicando la interpretación del carácter mínimo del Reglamento.

Así, en total, la suma reclamada ascendió 3.811,50 €.

Resolución del procedimiento

Una vez interpuesta la demanda, tras ser requerida judicialmente, una de las compañías aéreas que operó el vuelo indemnizó a nuestros clientes por el retraso del vuelo de ida, por lo que una vez celebrado el juicio, la cuantía del pleito quedaba reducida a 2.011,50 €.

Finalmente, se nos notificó la sentencia núm. 81/2025, de 7 de abril, dictada por la Sección 3ª del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla mediante la cual se estima íntegramente nuestra demanda, añadiendo los intereses legales y condenando a la entidad demandada a las costas del procedimiento.

De este modo, si sufres algún retraso o incidencia significativa en algún vuelo, no dudes en ponerte en contacto con un abogado para analizar la situación, y, en su caso emprender las acciones legales oportunas.

Y recuerda… ¡Tus problemas son los nuestros!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Instagram
WhatsApp
Resumen de privacidad

Hepburn & Acosta Abogados y Asesores utiliza cookies propias y de terceros para fines analíticos y mostrarle publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). La aceptación de las cookies puede implicar una transferencia internacional de datos a Estados Unidos. Para más información puede consultar nuestra política de cookies. Puede aceptar todas las cookies pulsando el botón “aceptar” o denegar su uso o configurarlas pulsando el botón “Denegar” o “Gestionar Cookies”.